SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1972/2011-R
Fecha: 07-Dic-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Por memorial presentado el 10 de junio de 2010, cursante de fs. 7 a 8 vta., la accionante señala que, pese a que nunca existió denuncia en su contra que amerite la prosecución de un proceso penal, extrañamente en los registros de la FELCN, constan antecedentes penales que hacen ver que hubiera participado en un hecho ocurrido el 22 de mayo de 1998; es decir, “hace once años”, por lo que a fin de lograr la protección de sus derechos y garantías constitucionales que se encuentran violados con ese registro, el 14 de abril de 2010, solicitó a la FELCN la eliminación de sus datos en “soporte”; ante lo cual de forma oportuna y fundamentada, Jorge Romero Durán, mediante Resolución de la misma fecha, señaló que la cancelación de antecedentes en actividades de narcotráfico, debía ser a través de orden judicial, adjuntando antecedentes de la FELCN y del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP), negativa con la cual se encontraría indebidamente impedida de obtener la eliminación de antecedentes que dañan su imagen, honra y reputación.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de protección de privacidad
- Fragmento 8
- el poder concebido a la persona sobre el conjunto de actividades que forma su círculo íntimo, poder que le permite excluir a los extraños de entrometerse en él y de darle una publicidad que no desee el interesado
- Fragmento 10
- “1. Conocer la información
- 2. Actualizar
- 3. Modificar o corregir
- 4. Preservar la confidencialidad
- 5. Excluir la información sensible
- a)
- III.2. Procedimiento de la acción de protección a la privacidad y el principio de subsidiariedad
- solamente puede ser viable en el supuesto que el titular del derecho lesionado haya reclamado ante la entidad pública o privada encargada del banco de datos, la entrega de la información o datos personales obtenidos o almacenados, y en su caso, la actualización, rectificación o supresión de aquella información o datos falsos, incorrectos, o que induce a discriminaciones,
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR