2002/2010-R

Magistrado                       :

El suscrito Magistrado, expresó su acuerdo con la denegatoria de la tutela solicitada en el caso del epígrafe venido en revisión, pero su desacuerdo con parte de la fundamentación del fallo, en cuyo mérito, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 47.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), fundamenta su disidencia al respecto, conforme a los siguientes términos: