Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 042/2011-RCA
Fecha: 14-Feb-2011
a)
Solicita, que concedida la acción de amparo constitucional se disponga: a) Dejar sin efecto el Auto de Vista 219/2009 y se anule la Resolución 12/2009, b) Se mantenga subsistente la Resolución 63/2008, en cuanto a la asistencia familiar, c) Se establezca responsabilidad civil como monto indemnizable a su favor en calidad de afectada y víctima de los actos y omisiones indebidas; y, d) El pago de costas judiciales a su favor.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedencia “in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- Fragmento 6
- fundamento (art. 97.III de la LTC)
- III.1.2. Precisar los derechos o garantías que consideren suprimidos o amenazados (art. 97.IV de la LTC)
- restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados (art. 97.VI de la LTC)
- 1)
- APROBAR