Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 042/2011-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 042/2011-RCA

    Fecha: 14-Feb-2011

    Fragmento 6

             El art. 97 de la LTC en forma taxativa, ha establecido los requisitos de forma y contenido que deben observarse inexcusablemente en la presentación de todo recurso de esta naturaleza, dando lugar su omisión al rechazo del mismo. De ahí que resulta conveniente puntualizar la relevancia procesal que tienen los tres requisitos de contenido, referidos en dicho artículo.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • a)
    • improcedencia “in límine
    • II.1. Consideraciones   previas:   Aplicación   de   la   Ley   del   Tribunal Constitucional
    • Fragmento 6
    • fundamento (art. 97.III de la LTC)
    • III.1.2. Precisar los derechos o garantías que consideren suprimidos o amenazados (art. 97.IV de la LTC)
    • restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados (art. 97.VI de la LTC)
    • 1)
    • APROBAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca