AUTO CONSTITUCIONAL 042/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 042/2011-RCA

Fecha: 14-Feb-2011

improcedencia “in límine

La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 33/09 de 31 de julio de 2009, cursante a fs. 78, declaró la improcedencia “in límine  la acción, bajo el fundamento de que el accionante incumplió con los requisitos señalados en el art. 96 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), relacionado con el principio de subsidiariedad, ya que a través de la presente acción se pretende la nulidad de la Resolución que no se impugnó, conforme al art. 216.II del Código de Procedimiento Civil (CPC); teniendo en cuenta que el fallo de dicha Resolución no causa estado y puede ser modificado.