Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 059/2011-RCA
Fecha: 21-Feb-2011
Fragmento 7
El análisis de los requisitos de admisibilidad comprende un plano distinto al de las causales de improcedencia reglada, previstos en el art. 96 de la LTC, por ello su análisis es posterior; en ese sentido, constatada la inexistencia de causales de improcedencia reglada, corresponde se ingrese a la valoración de los requisitos de admisibilidad establecidos en el art. 97 de la referida Ley.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- improcedencia in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- requisitos de contenido los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC,
- II.2.1. Rechazo in límine de la acción de amparo constitucional por la ausencia de los requisitos de contenido
- Exposición clara y precisa de los hechos (art. 97.III de la LTC)
- 1)
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- APROBAR