AUTO CONSTITUCIONAL 059/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 059/2011-RCA

Fecha: 21-Feb-2011

improcedencia in límine

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 038/2009 de 12 de septiembre, cursante de fs. 363 a 365, declaró la improcedencia in límine de la acción, con el fundamento de que el accionante solicitó al Tribunal de garantías, revisar las actuaciones efectuadas en la jurisdicción ordinaria, sin tomar en cuenta que el mismo no tiene competencia para cumplir tal solicitud. Finalmente argumentan que se incumplió con el principio de subsidiariedad establecido por el art. 96 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).