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    AUTO CONSTITUCIONAL 059/2011-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 059/2011-RCA

    Fecha: 21-Feb-2011

    I.2.

    Los accionantes alegan la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la defensa y a la garantía del debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a,  16.II III y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPE abrg), haciendo referencia a los arts. 115.II, 117.I, 119.II y 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • a)
    • improcedencia in límine
    • II.1.   Consideraciones   previas:   Aplicación   de   la   Ley   del   Tribunal Constitucional
    • Fragmento 7
    • Fragmento 8
    • requisitos de contenido los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC,
    • II.2.1.       Rechazo in límine de la acción de amparo constitucional por la ausencia de los requisitos de contenido
    • Exposición clara y precisa de los hechos (art. 97.III de la LTC)
    • 1)
    • II.3. Análisis del caso enviado en revisión
    • APROBAR

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