AUTO CONSTITUCIONAL 065/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 065/2011-RCA

Fecha: 21-Feb-2011

II.4. Análisis de los requisitos de procedencia del caso elevado en revisión

         En el caso que se examina, consta en los antecedentes que los accionantes por su representado, en su petitorio solicitan, que se declare la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, impugnando la Resolución que a tiempo de concluir el referido proceso penal que se le siguió, desestima la consideración de la solicitud extinción de la acción penal.

Ahora bien, de la compulsa de los actuados que cursan en el expediente, se advierte a fs. 497 vta., que David Ronald Otalora Sandoval, presentó recurso de casación el 10 de abril de 2007, habiendo radicado el mismo en la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, el 24 del mismo mes y año, y fue sorteado después de dos años; es decir, que ya sabia la fecha de vencimiento y podía determinar si la misma estaba o no dentro de plazo legal optando por las acciones legales que correspondían; no obstante, durante todo ese tiempo no reclamó el derecho que ahora pide ser tutelado y esperó el mismo día que la Corte Suprema de Justicia se pronuncie sobre el fondo del proceso, para presentar su solicitud de extinción de la acción penal.