AUTO CONSTITUCIONAL 070/2011-RCA
Fecha: 28-Feb-2011
lo que constituye una omisión de los requisitos de contenido para determinar la admisibilidad de la acción de amparo constitucional;
Al margen de lo citado, el petitorio que formula la accionante, no tiene una relación con al exposición de los hechos, ni precisa de que forma el amparo solicitado, en caso de ser concedido, restablecería los derechos infringidos, lo que constituye una omisión de los requisitos de contenido para determinar la admisibilidad de la acción de amparo constitucional; pues como se ha desarrollado en el Fundamento Jurídico II.2.1, respecto a la obligación de precisar los derechos y garantías vulnerados, el cumplimiento de este requisito no consiste en enumerar los artículos o citar jurisprudencia relacionada con el caso concreto, sino a establecer una relación de causa y efecto, entre los derechos denunciados y cómo los mismos han lesionado los derechos que pretenden sean tutelados.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- rechazó
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- requisitos de contenido son los insertos en los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC,
- exposición clara y precisa de los hechos,
- fijar claramente el amparo que solicita
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- lo que constituye una omisión de los requisitos de contenido para determinar la admisibilidad de la acción de amparo constitucional;
- APROBAR