Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 082/2011-RCA
Fecha: 28-Feb-2011
Fragmento 1
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Julio Ariel Coronado López en representación de José Luís Paredes Muñoz contra Beatriz Sandoval de Capobianco, Julio Ortiz Linares, Rosario Canedo Justiniano y Hugo Suárez Calbimonte, Teófilo Tarquino Mújica, Ángel Irusta Pérez, José Luís Baptista Morales, Ministros de la Corte Suprema de Justicia; y Mario Uribe Meléndres, Fiscal General a.i. de la República.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
- reglas y subreglas
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- que aún quedan instancias procesales a las cuales el mandante del accionante puede acudir a objeto de hacer prevalecer sus derechos constitucionales y garantías fundamentales,
- APROBAR