Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0072/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
a)
La parte accionante, ratificó íntegramente los términos de la acción y ampliándola indicó que: a) En primer lugar la acción no fue planteada contra Manuel Reinaldo Llapi, sino, contra Beatriz Suárez Bazán, es decir, en este proceso donde se ha expedido mandamiento de apremio, él no es demandado; y, b) Se efectuaron una serie de irregularidades en el proceso ordinario que están contenidas en el memorial que presenta en audiencia y que también se presentó al Juez ahora demandado donde se hace toda la relación de vicios absolutos de nulidad y que afectaron sus derechos a la libertad y a la defensa.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso concreto
- pues el accionante activó al mismo tiempo en la vía jurisdiccional ordinaria un mecanismo
- no activar al mismo tiempo y de forma paralela, una acción extraordinaria