SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

a)

El Fiscal de Materia, codemandado, en audiencia expresó: a) Los representados del accionante no se encuentran indebidamente procesados ni indebidamente privados de su libertad, no se conculcó ni violentó lo establecido por los arts. 22, 23 y 115 de la CPE, debido a que fueron imputados por el Ministerio Público el 12 de junio de 2008, atribuyéndoles el delito de violación; y, b) Mediante audiencia de 13 de junio del citado año, la autoridad jurisdiccional dispuso su detención preventiva mediante Auto Interlocutorio de 25 de marzo de ese año, notificado el 26 de mismo mes y año, a través del cual le conminó para presentar requerimiento conclusivo en el plazo de cinco días, que conforme al art. 134 del CPP, será emitido por el Ministerio Público en el lapso señalado.