Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega violación de los preceptos constitucionales dispuestos en los arts. 22, 23.I y 115 de la CPE, deduciendo de ello que considera vulnerados los derechos de sus representados a la libertad personal, al debido proceso y a la defensa, por cuanto el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, no extinguió la acción penal por duración máxima del proceso habiendo transcurrido más de seis meses de duración de la etapa preparatoria, ni conminó al Fiscal de Materia a emitir el requerimiento conclusivo conforme dispone el art. 134 del CPP. Corresponde en revisión, analizar si lo demandado se encuentra dentro de los alcances de la acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- APROBAR