SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

III.2. Análisis del caso concreto

De los antecedentes de la acción tutelar planteada se evidencia que los procesados por el delito de violación, consideran como indebida la actuación del Juez demandado al no haber dispuesto de oficio la extinción de la acción penal vencido el plazo máximo de duración de la etapa preparatoria y la del Fiscal de Materia codemandado, por no haber emitido el requerimiento conclusivo respectivo a pesar de haber transcurrido más de seis meses desde su detención e imputación formal.

Conforme a la jurisprudencia constitucional, es necesario que los hechos que supuestamente les provocó un procesamiento indebido o ilegal, tengan relación directa con su derecho a la libertad; o que se encontraran en un estado de indefensión absoluta, que les haya impedido acceder a los recursos ordinarios que prevé el procedimiento penal. En el caso concreto, la restricción de su derecho a la libertad es consecuencia de una audiencia de medidas cautelares dispuesta por el Juez de Instrucción en lo Penal, una vez que fueron imputados formalmente por el Fiscal de Materia y no así por efecto de la falta de emisión de un requerimiento conclusivo. En esta misma línea tampoco se evidencia que los representados del accionante hubieran estado impedidos de acceder a los medios de impugnación contra la medida cautelar impuesta ni que se les hubiera negado reiterar dicha solicitud en cualquier momento ante la misma autoridad, extremos que imposibilitan a este Tribunal pronunciarse sobre el fondo de las supuestas transgresiones a derechos por vía de la acción de libertad, debido a que la falta de emisión de requerimiento conclusivo por parte del Fiscal de Materia o la supuesta omisión en la declaratoria de oficio de la acción penal no están vinculados al derecho de libertad de los agraviados.