Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
II.2.
II.2. En ese intermedio, el nuevo Fiscal de Materia, Mario Mariscal Miranda, presentó memorial el 23 de marzo de 2009, solicitando dejar sin efecto el retiro de la acusación, aduciendo que el anterior Fiscal dejó de ejercer sus funciones desde el 4 de ese mes y año, por lo que toda actuación después de esa fecha no es válida; para lo cual adjuntó el memorándum Cite No. M. 137/2009 de 2 de marzo, donde el Fiscal General a.i. de la República, agradeció los servicios del anterior Fiscal, quien la recibió el 4 de ese mes y año (fs. 20 y 21).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- "improcedente"
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0129/2010-R de 10 de mayo,
- III.2. Análisis del caso concreto
- el accionante a través de la interposición de una nueva acción tutelar, pretende que las autoridades demandadas den fiel y estricto cumplimiento, a la declaración de procedencia de una anterior acción de libertad
- APROBAR