Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0097/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
II.5.
II.5. Mediante carta notariada, el 12 de febrero de 2009, la referida Asociación, hizo conocer al accionante que no podían acceder a su solicitud, por cuanto carecían de competencia, debido a que remitieron al Tribunal Disciplinario Nacional de Técnicos en Refrigeración la documentación correspondiente a los Votos Resolutivos que determinaron su separación de la ATR (fs. 13 a 14).
- acción de amparo constitucional,
- esta falta serán sancionados por el Tribunal Disciplinario…”
- a)
- 1)
- i)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.5.
- III FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 El debido proceso en la Constitución Política del Estado y la jurisprudencia aplicable
- III.2.Análisis del caso
- APROBAR