Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0113/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 207/09 de 21 de marzo de 2009, cursante de fs. 10 a 11, dictada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, sin ingresar al análisis de fondo, DENEGAR la tutela solicitada.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC
- SC 0023/2010-R
- SC 0806/2010-R
- no constituye la causa directa de su procesamiento y no afecta a su derecho a la libertad física, por cuanto como se dijo, está gozando de medidas sustitutivas; como tampoco se ha demostrado que se encuentre en absoluto estado de indefensión
- APROBAR