SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0113/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0113/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

improcedente

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 207/09 de 21 de marzo de 2009, cursante de fs. 10 a 11, por la cual declaró improcedente la acción de libertad, con los siguientes fundamentos: 1) La accionante se encuentra con acusación efectuada por el Ministerio Público por el delito de tráfico de sustancias controladas, siendo detenida el 4 de mayo de 2005, habiendo solicitado la cesación de la detención preventiva la que fue concedida por el órgano jurisdiccional, bajo medidas sustitutivas, encontrándose con libertad provisional; y, 2) La solicitud de la extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo fue resuelta por las autoridades demandadas, donde la accionante, a través de su abogado defensor, hizo uso de la reserva de apelación, por lo que el Tribunal de garantías no puede constituirse en Tribunal de apelación y declarar la extinción de la acción penal, pretendiendo con el presente recurso, ya que es de competencia de los tribunales ordinarios, además el procesamiento indebido que señala, no es cierto, porque se encuentra en un proceso donde existe la acusación formal y la demora se debe al no haberse constituido el Tribunal con los jueces ciudadanos y conforme a la jurisprudencia y precedentes contradictorios, los delitos de lesa humanidad no prescriben, así lo han establecido los convenios internacionales y la jurisprudencia trazada por el Tribunal Constitucional.