Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0113/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
En audiencia de juicio oral llevada a cabo el 17 de octubre de 2008 y al amparo del art. 345 del Código de Procedimiento Penal (CPP), planteó incidente de extinción de la acción penal por transcurso del tiempo ante el Tribunal Séptimo de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz,, incidente que fue rechazado ya que el referido Tribunal se amparó en el Auto Supremo “222 de 7 de marzo de 2005”, señalando que en casos de narcotráfico se debe denegar la extinción de la acción penal.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC
- SC 0023/2010-R
- SC 0806/2010-R
- no constituye la causa directa de su procesamiento y no afecta a su derecho a la libertad física, por cuanto como se dijo, está gozando de medidas sustitutivas; como tampoco se ha demostrado que se encuentre en absoluto estado de indefensión
- APROBAR