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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0141/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0141/2011-R

    Fecha: 21-Feb-2011

    II.3.

    II.3.  El Investigador de la FELCC de El Alto, informó el 18 de marzo de 2009, que al haber citado legalmente a la accionante, y al no presentarse en el día y hora señalado en la citación, sugirió al representante del Ministerio Público se tramite el correspondiente mandamiento de aprehensión (fs. 16).

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • a)
    • “improcedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • es ineludible que el recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, o contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales
    • de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a la que cometió efectivamente el acto ilegal, y sólo cuando éste es manifiestamente contrario a la ley y existen los elementos de convicción pertinentes que lo acrediten; no siendo aplicable a otras situaciones en las que no se aprecie tal error y existe la necesidad de contar con mayores elementos de convicción para acreditar la existencia del acto ilegal
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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