SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0147/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
a)
Por su parte, Gonzalo Terceros Rojas, Alcalde Municipal de Cochabamba, a través de informe escrito cursante a fs. 20 y vta., manifestó que: a) A consecuencia del proceso seguido por Elmer Rimer Marañón Montaño contra el ahora accionante, la Alcaldía Municipal en cumplimiento de una orden emitida por el “Juez de 1ra. Instancia” (sic), emitió las certificaciones requeridas, por lo que no se ha lesionado ningún derecho, ni garantía constitucional, más aún si no se ha explicado ni fundamentado en derecho de qué manera la emisión de esas certificaciones ordenadas fueron el resultado de la afectación a su derecho de locomoción; y, b) Con relación al proceso civil el accionante tuvo la oportunidad de ejercer todos los derechos que le reconoce la ley, siendo que por propia decisión no lo hizo.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- i)
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Finalidad de la acción de libertad
- III.2. Protección de la acción de libertad respecto a la persecución ilegal y procesamiento indebido
- procesamiento indebido o persecución ilegal
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 13
- no se ha demostrado que a consecuencia de éstos se hubiera lesionado el derecho a la libertad, o en su caso, que se encuentre ilegalmente perseguido o que su vida se encuentre en peligro
- APROBAR