Fragmento 4
El fallo constitucional objeto de la presente disidencia, deniega la tutela sobre la base que las irregularidades denunciadas, se referían a actos de usurpación de funciones para la emisión de actos administrativos municipales; sin embargo, del contenido del recurso, del petitorio y las conclusiones, se advierte que el primer y principal hecho lesivo denunciado, es la firma de la accionante de licencia por las gestiones 2008 y 2009 bajo presuntas amenazas a su integridad física y de ser flagelada, actos que luego fueron denunciados y solicitado incluso la nulidad ante el Concejo Municipal y que no se habría resuelto, situación ésta que no conlleva usurpación de funciones alguna.
