2366/2010-R de 19 de noviembre
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

2366/2010-R de 19 de noviembre

Fecha: 15-Mar-2011

II.1. En cuanto a los argumentos de la SC 2366/2010-R de 19 de noviembre

En el caso de autos, al haber pasado más del tiempo establecido en la presentación de la querella, operó la prescripción por negligencia de los ahora accionantes, toda vez que la querella e imputación formal se sustentan en el hecho cometido en junio de 1999, presentada la querella el 2 de octubre de 2006, así también llama la atención que los accionantes acudieron a la jurisdicción civil, seis años después, pretendiendo hacer valer su derecho, jurisdicción en la que incluso fue denegada su demanda.

En consecuencia, la Resolución del Tribunal de alzada, ahora impugnada, como el Auto dictado por el Juez a quo, que declaró probado el incidente de extinción de la acción penal por prescripción presentada por los imputados y posteriormente declarado improcedente el recurso de apelación, confirmando el Auto dictado por el Juez a quo, fueron motivados y fundamentados debidamente, en cumplimiento del art. 124 del Código de Procedimiento Civil (CPP), al analizar los hechos querellados el 2 de octubre de 2006; de tal manera que el Tribunal de apelación también realizó la fundamentación respecto a la Resolución 114/2008 y sobre los puntos apelados por los ahora accionantes, en aplicación y cumplimiento del art. 236 del CPC, al circunscribirse a los puntos resueltos por el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal y que fueron objeto de apelación y fundamentación; en consecuencia, las partes tuvieron un trato igualitario en el desarrollo del proceso, en cumplimiento de las normas legales y la jurisprudencia desarrollada”.