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    AUTO CONSTITUCIONAL 0108/2011-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0108/2011-RCA

    Fecha: 16-Mar-2011

    I.3. Petitorio

    Los accionantes piden se declare “procedente” la acción de amparo constitucional, anulando las Resoluciones 150/2009 de 6 de abril, emitida por el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal y la 151/2009 de 25 de mayo, emitida por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.3. Petitorio
    • improcedente in límine
    • II.1. Consideraciones   previas:   Aplicación   de   la   Ley   del   Tribunal Constitucional
    • II.2. Marco constitucional y doctrinal de la improcedencia de la acción de amparo constitucional, por falta de inmediatez en su interposición
    • en el plazo máximo de seis meses
    • SC 1039/2010-R de 23 de agosto
    • El análisis formal previo a la admisión del recurso de amparo constitucional, no debe ser aislado, sino integral
    • siendo notificados con la misma Waldo Guillermo Bozo Espinoza y María Lilian del Rosario Bozo Espinoza el 19 de junio de 2009
    • los accionantes interpusieron la acción tutelar el 27 de enero de 2010 (fs. 142 vta.)
    • APROBAR,

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