AUTO CONSTITUCIONAL 106/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 106/2011-RCA

Fecha: 16-Mar-2011

improcedencia “in límine”

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 48/2010 de 10 de febrero de 2010, cursante a fs. 85 y vta., declaro la improcedencia “in límine” de la acción, bajo el fundamento de que el propio accionante manifiesta haber interpuesto recursos de revocatoria y jerárquico respectivamente, sin que a la fecha se haya resuelto éste último, lo que significa que existe un medio de impugnación de resolución pendiente, por lo que de conformidad con el art. 96 I. de la LTC corresponde declarar la improcedencia de la referida acción.