Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 114/2011-RCA
Fecha: 18-Mar-2011
I.3. Petitorio
Solicita se conceda la acción, dejando sin efecto la RM 561/09, el memorándum de retiro y en su lugar se ordene efectuar el sumario administrativo bajo el debido proceso y la reincorporación inmediata a su fuente laboral en la Administración de la Aduana Nacional de Tambo Quemado, como la cancelación de sus haberes devengados, con la debida condenación de costas.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- rechazo
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. La improcedencia de la acción de amparo constitucional por falta de inmediatez en su interposición según la Constitución Política del Estado y la doctrina
- a)
- la rapidez como característica del principio de inmediatez se encuentra circunscrita al plazo de seis meses para su interposición
- El análisis formal previo a la admisión del recurso de amparo constitucional, no debe ser aislado, sino integral
- II.4. Análisis de procedencia del caso en revisión
- notificación con la RM 561/09
- APROBAR