AUTO CONSTITUCIONAL 115/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 115/2011-RCA

Fecha: 18-Mar-2011

Fragmento 8

     Se trata de una relación fáctica que debe hacer el accionante; pues está referida a los hechos que sirven de fundamento del recurso o de la razón o razones en la que el accionante apoya la protección que solicita, que no siempre esta referido a un solo hecho sino a varios hechos, que de manera congruente se reconducen y sirven de fundamento del petitorio. Expuestos los hechos, en el marco señalado, impide que la acción o el contenido del recurso pueda ser variado o cambiado a lo largo del proceso del amparo; de lo contrario, se estaría frente a un nuevo recurso.