AUTO CONSTITUCIONAL 130/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 130/2011-RCA

Fecha: 29-Mar-2011

Ordenar al Tribunal de garantías, previa concesión del plazo de cuarenta y ocho horas para que los accionantes subsanen la demanda en cuanto a la identificación y domicilio de los terceros interesados; una vez cumplida la observación, y si la acción tutelar es ADMITIDA en audiencia pública de consideración determine lo que en derecho corresponda sea concediendo o denegando la tutela.