Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0232/2011-R
Fecha: 14-Mar-2011
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
En el marco de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, fueron designados los nuevos Magistrados de este Tribunal, a quienes por Ley 040 de 1 de septiembre de 2010 se les amplia el mandato para conocer las acciones de defensa presentadas a partir del 7 de febrero del año 2009; por lo que según Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, convinieron proceder al sorteo de las causas pendientes.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- al debido proceso
- III.1.1. La acción de libertad y el debido proceso
- las vulneraciones al debido proceso ameritan la protección de la acción de libertad, únicamente en los casos en que el acto considerado ilegal haya lesionado la libertad física o de locomoción del accionante, mientras que las demás vulneraciones relacionadas a esta garantía, que no tengan vinculación inmediata ni directa con el derecho a la libertad
- el recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, no es el medio que brinda la protección a las infracciones de la garantía del debido proceso, siendo los mismos órganos que conocen la causa, los llamados a reparar las infracciones a la garantía señalada y una vez agotados los recursos e instancias ordinarias
- asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley, y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional, que, como se ha señalado, es el recurso idóneo para precautelar las lesiones a la garantía del debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- “Si el imputado citado no se presentara en el término que se le fije, ni justificara un impedimento legítimo, la autoridad competente librara mandamiento de aprehensión”
- APROBAR