Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0286/2011-R
Fecha: 29-Mar-2011
II.4.
II.4. Del informe elevado ante el Director Departamental de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), por el Oficial de Policía Investigador asignado al caso, Lucio Marvin Padilla Ribera, y de las placas fotográficas adjuntas en fotocopias debidamente autenticadas, se evidencia, que un grupo de personas, procedieron efectivamente al asentamiento en los terrenos de propiedad de la accionante, habiendo construido en su interior “viviendas de madera provisional” (sic) (fs. 64 a 67), logrando identificarse entre los invasores a los demandados.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional y la excepción al mismo
- tutela contra acciones o medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares
- avasallamiento
- III.2. Análisis del caso
- APROBAR