Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0291/2011-R
Fecha: 29-Mar-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 169/09 de 20 de junio de 2009, cursante de fs. 133 a 135 vta., pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, conforme los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- APROBAR