Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0302/2011-R
Fecha: 29-Mar-2011
II.1.
II.1. El 27 de octubre de 2008, Duane Vaca Melgar -accionante- cursó nota a la Alcaldesa de San Ramón, Leny Ribera Leigue, comunicando el reconocimiento y habilitación del nuevo Comité de Vigilancia del municipio de San Ramón, por parte de la ACOVIG-BENI, dando a conocer la nómina de su Directorio, encabezada por el accionante como Presidente, quien en tal condición solicitó a dicha autoridad coordinar y asignar los recursos correspondientes al fondo de control social para el desarrollo de sus competencias (fs. 5).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- oral o escrita
- a)
- compromiso e interés social
- plazo razonable
- III.2. Sobre el principio de subsidiariedad
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- III.3. Análisis del caso concreto