AUTO CONSTITUCIONAL 145/2011-RCA
Fecha: 19-Abr-2011
II.4. Análisis del caso
En el caso de autos se puede evidenciar que los accionantes alegan la vulneración de sus derechos a la propiedad privada, al debido proceso y al principio de la “seguridad jurídica”; toda vez, que según refieren, los comunarios de la comunidad de Pujravi avasallaron sus tierras, sin considerar el acuerdo al que habían arribado entre partes para el saneamiento simple de oficio a dicha comunidad, y que era de conocimiento e intervención del INRA; asimismo, los accionantes refieren haber agotado las vías, al enviar memoriales al INRA, Derechos Humanos (DD.HH.), Viceministerio de Tierras, así como haber presentado una denuncia a la Fiscalía de Sica Sica, sin que “ellos” hayan dado solución al problema.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal constitucional
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.3. Excepción de la subsidiariedad en medidas de hecho
- II.4. Análisis del caso
- la excepción a la subsidiariedad por las medidas de hecho
- 2º