Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 148/2011-RCA
Fecha: 19-Abr-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 036/2010 de 20 de julio, cursante a fs. 38, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y, en consecuencia, declarar la IMPROCEDENCIA de la acción.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia in límine,
- improcedente in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- II.3. Sobre la impugnación contra la resolución de un incidente de actividad procesal defectuosa
- 19 de noviembre de 2009
- II.4.2. Inobservancia del principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- APROBAR