SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0315/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0315/2011-R

Fecha: 01-Abr-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

El 20 de julio de 2009, se apersonó al Juzgado de la Niñez y Adolescencia de turno, impetrando autorización de viaje a favor de su hijo menor M.J.E.D.; pero, el progenitor a pesar de haber otorgado su consentimiento, se negó a asistir a la oficina administrativa a efectos de suscribir el respectivo formulario de autorización; así, el Juzgado Primero de Partido de la Niñez y Adolescencia, al encontrarse el Juzgado titular de vacaciones, por decreto ordenó que el progenitor se pronuncie sobre la referida solicitud, quien mediante memorial de 27 de dicho mes y año, negó su conformidad con la autorización, alegando que se estaría afectando el derecho a la familia del menor.

Manifiesta que, la Jueza demandada, emitió el decreto de 28 de julio de 2009, declinando competencia, privándoles de esa forma a su persona e hijo, a la tutela judicial efectiva, así como también del derecho de locomoción, impidiendo que puedan acudir a otra instancia pretendiendo se respete su derecho a la libertad.

Asevera que, ante la mencionada declinatoria, opuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación, por la ilegalidad manifestada; no obstante de ello, Mario Escalera Ledesma, interpuso querella en su contra por privación de libertad, secuestro, rapto propio y trata de menores; y, en distintas oportunidades, solicitó su arraigo y el de su hijo. Situaciones que amenazan y restringen la libertad de locomoción de su hijo, dado que según las SSCC 1900/2003-R y 0823/2001-R, el arraigo constituye una medida restrictiva de libertad que únicamente puede ser impuesta como reacción a un delito y por autoridad competente; consecuentemente, en merito de la declinatoria de la Jueza demandada, su representado se encuentra impedido de viajar a los Estados Unidos de Norte América.