Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0363/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
2)
2) El accionante apeló la determinación de la Jueza de Instrucción y la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, por Auto de Vista 15/2009 confirmó la misma. En la complementación solicitada por el abogado del accionante, el Vocal de dicha Sala señaló que se consideró el informe de migración que fue debatido en contradictorio por ambas partes.
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- 2)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. La legitimación pasiva en la acción de libertad y el caso concreto
- Tal entendimiento ha sido reiterado, entre otras por las
- debido a que será ésta última quien tendrá la facultad de revisar y corregir, en su caso, las actuaciones ilegales
- conceder
- APROBAR