SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0371/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0371/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

III.2. Análisis del caso concreto

Al respecto, conforme al entendimiento expuesto líneas arriba, la acción de libertad se constituye en un medio de defensa idóneo para la protección efectiva y real de derechos fundamentales vinculados a la vida, libertad y debido proceso; empero, cabe puntualizar que conforme a la jurisprudencia constitucional glosada precedentemente, en caso de existir norma expresa que prevea mecanismos -dentro del proceso- efectivos y oportunos de defensa de esos derechos fundamentales, los mismos deben ser utilizados antes de activarse la tutela constitucional. 

En ese entendido, la accionante debió haber acudido, con carácter previo, ante el Juez contralor de los derechos y garantías constitucionales; pues ese era el medio inmediato e idóneo para denunciar los supuestos actos de lesión a su derecho a la libertad física o personal, y sólo ante la falta de reparación acudir a la justicia constitucional; al no haber obrado de esa manera, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada en la presente acción.