Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0381/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
II.2.
II.2. El 1 de diciembre de 2008, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dictó el Auto de Vista 17, por el que rechazan por inadmisible la apelación interpuesta por Giovanna Rivas Rojas, Fiscal de Materia, contra la Resolución de 20 de septiembre del mismo año, pronunciado por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal (fs. 75 a 76).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- III.2. La acción de amparo constitucional no es un medio destinado al cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas
- SC 1526/2010-R
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR