SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0390/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0390/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

concedió

La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 04 de 5 de mayo de 2009, cursante de fs. 94 a 96, concedió el amparo solicitado, y en consecuencia, dispuso la inmediata restitución a sus funciones de Consejera, con pago de daños y perjuicios a responsabilidad de los miembros del Consejo de Administración y Vigilancia averiguables en ejecución de fallo, sin comprometer el patrimonio de la cooperativa; con los siguientes fundamentos: i) Los titulares del certificado de aportación son Luis Salazar Panoso y su esposa, porque la línea fue adquirida en la vigencia de su matrimonio; ii) La accionante participó en la justas electorales y fue elegida legalmente; iii) Las Resoluciones de desconocimiento emitidas por el Consejo de Vigilancia y ejecutadas por el Consejo de Administración, quebrantaron las determinaciones de la asamblea general de socios y del Comité Electoral de COTAP Ltda.; iv) Según el Estatuto Orgánico de COTAP Ltda., el Consejo de Administración ni el de Vigilancia tienen atribuciones para suspender a ningún consejero.