Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0426/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
a)
El accionante reiteró los términos de la demanda y ampliándolos manifestó: a) A su representado lo tuvieron privado de libertad tres días, desde el 18 hasta el 20 de agosto de 2009, ya que lo liberaron al enterarse de la interposición de la presente acción de libertad, aspecto que se puede evidenciar por el informe policial realizado por Raúl Claros quien no pudo notificar a Francisco Portales; y, b) Se disponga la restitución de daños y perjuicios a calificarse en ejecución de sentencia.
- Fragmento 1
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del la Jueza de garantías
- a)
- "procedente"
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0023/2010-R
- III.2.Análisis del caso concreto
- retuvieron a Francisco Portales, representado del accionante por casi tres días, privándolo de su libertad
- al pretender realizar actos que ponían en peligro el derecho a la vida del accionante;
- APROBAR