Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0426/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
II.2.
II.2. Cursa representación realizada por Raúl Claros Villarroel, funcionario policial, de 21 de agosto de 2009, donde señala que no pudo notificar con la orden instruida 87/2009 de 20 del citado mes y año, a Francisco Portales, porque una vez constituido en la comunidad de Taquillos, Isabel López Galicia con cedula de identidad 6364556 expedida en Santa Cruz, le informó que un día antes; es decir, el 20 de ese mismo mes y año, fue liberado junto con su camión por los comunarios, hoy demandados, que bloqueaban el camino (fs. 37 vta.)
- Fragmento 1
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del la Jueza de garantías
- a)
- "procedente"
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0023/2010-R
- III.2.Análisis del caso concreto
- retuvieron a Francisco Portales, representado del accionante por casi tres días, privándolo de su libertad
- al pretender realizar actos que ponían en peligro el derecho a la vida del accionante;
- APROBAR