SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0428/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0428/2011-R

Fecha: 18-Abr-2011

a)

La accionante reiteró los fundamentos de la acción de libertad presentada, agregando que: a) Su acción se refiere a la falta de fundamentación del Ministerio Público, ya que la orden de aprehensión debió estar motivada por elementos de convicción suficientes que demuestren con probabilidad que el imputado es el autor del hecho o partícipe del mismo; b) Desconoce los motivos por los que no se presentó su defendido, pero presentaría el correspondiente justificativo en el plazo de cuarenta y ocho horas; y, c) Por razones de distancia y tiempo -pues la familia de su defendido es de origen campesino y viven a 80 Km aproximadamente- no puede presentar el correspondiente certificado de nacimiento, pero tiene conocimiento por información de la familia y de su defendido que tiene un hermano, por lo que no se trata de las mismas personas, habiéndose detenido a una persona distinta al autor del hecho, lo que violenta el debido proceso y presunción de inocencia.

El representante del Ministerio Público manifestó lo siguiente: a) No se ha demostrado que la aprehensión del defendido de la accionante haya sido ilegal, pues la defensa no ha presentado prueba idónea que demuestre lo contrario; y, b) La autoridad demandada obró conforme el art. 233 y ss. del CPP y respecto a la fundamentación también obró conforme a procedimiento, ya que se identificó al aprehendido e incluso, de acuerdo al informe del corregidor, fue identificado por su hermano.