SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0432/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0432/2011-R

Fecha: 18-Abr-2011

a través de la acción de amparo constitucional

Consecuentemente, la supuesta vulneración a los derechos alegados por el accionante, no pueden ser objeto de consideración a través de la presente acción tutelar, por cuanto los aspectos denunciados no constituyen la causa directa para la amenaza de restricción de su derecho a la libertad, como tampoco estuvo en estado de indefensión absoluta que le hubiese impedido impugnar las decisiones u omisiones consideradas lesivas dentro del proceso en cuestión; por lo que, en el presente caso tomando en cuenta que las supuestas lesiones están estrechamente vinculadas al debido proceso, debieron ser denunciados ante los jueces y tribunales ordinarios, que conocen la causa para que de ser evidentes se reparen las mismas; y sólo agotados éstos acudir a la jurisdicción constitucional a través de la acción de amparo constitucional, vía idónea para reparar las lesiones a la garantía del debido proceso, por lo que corresponde denegar la tutela.