SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0478/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora el derecho a la vida -
La precisión conceptual que implica el cambio de denominación, también conlleva que, englobando el ámbito de protección y las características esenciales del “hábeas corpus”, hace que la acción de libertad adquiera una nueva dimensión; en ese sentido, se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora el derecho a la vida -bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano- junto a la clásica protección del derecho a la libertad física o personal, la garantía al debido proceso en los supuestos en que exista vinculación directa con el derecho a la libertad física y absoluto estado de indefensión (SC 1865/2004-R de 1 de didiembre) y el derecho a la libertad de locomoción, cuando exista vinculación de este derecho con la libertad física o personal, el derecho a la vida o a la salud (SC 0023/2010-R de 13 de abril).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- i)
- a)
- 1)
- 2)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora el derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. La subsidiariedad extraordinaria y excepcional de la acción de libertad
- III.3. La presunción de veracidad de los hechos y actos denunciados por el accionante
- compromiso
- III.4
- III.4.1