SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0480/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
a)
De acuerdo a lo establecido por la Constitución Política del Estado y los Pactos Internacionales, se puede establecer el siguiente contenido de la garantía del debido proceso: a) derecho a la defensa, b) derecho al juez natural, c) derecho a ser asistido por un traductor o intérprete, d) derecho a un proceso público, e) derecho a la conclusión del proceso dentro de un plazo razonable, f) derecho a recurrir, g) derecho a la legalidad de la prueba, h) derecho a la igualdad procesal de las partes, i) derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable, j) derecho a la congruencia entre acusación y condena, k) la garantía del non bis in idem; l) derecho a la valoración razonable de la prueba, m) derecho a la comunicación previa de la acusación; n) concesión al inculpado del tiempo y los medios para su defensa; o) derecho a la comunicación privada con su defensor; p) derecho a que el Estado le otorgue un defensor proporcionado por el Estado cuando el imputado no tuviere medios o no nombrare un defensor particular.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.3. Intervención de Terceros Interesados
- procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y su triple dimensión
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- derecho a la defensa material y técnica
- Así configurado, es preciso recordar que el derecho y garantía genérica del debido proceso no se restringe en su aplicación al ámbito jurisdiccional solamente, sino que es extensiva a cualquier procedimiento en el que deba determinarse una responsabilidad
- a)
- Derecho a la defensa:
- III.3.
- APROBAR