SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0524/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0524/2011-R

Fecha: 25-Abr-2011

concedió

El Juez Primero de Partido y de Sentencia de Camiri, provincia Cordillera del Distrito Judicial de Santa Cruz, por Resolución 01 de 29 de mayo de 2009, cursante de fs. 172 a 175 concedió la tutela, disponiendo la restitución del derecho concesionario del accionante, en tanto mantengan y adecúen su conducta conforme a las normas legales vigentes. Con los siguientes argumentos: a) Todos los funcionarios de la Alcaldía Municipal de Cabezas que intervinieron en actos violatorios son responsables de los mismos; b) Presentado el recurso jerárquico, el Alcalde Municipal no resolvió el mismo, conculcando el derecho de petición; c) El Alcalde demandado, debió remitir el recurso jerárquico presentado en el plazo de tres días ante el Concejo Municipal conforme prevé el art. 141 de la LM concordante con los arts. 7 inc. e) y art. 8 inc. p) del DS 091 de 22 de abril de 2009, Reglamento de la Ley 3425; d) El Reglamento fue emitido el 22 de abril de 2009, fecha desde la cual se computa el plazo para la adecuación de las antiguas concesiones al nuevo régimen minero, teniendo derecho preferente quienes cuentan con las concesiones para la continuidad de estas actividades, así lo establece el art. 23.I) del mencionado Reglamento; e) El tercero concesionario no demostró su condición de tal ni mucho menos su calidad de propietario del fundo donde se asienta la concesión minera, al contrario del actual accionante, que efectivamente ha demostrado su legal concesión minera y que en derecho solicitó la adecuación conforme al Reglamento, y; f) No puede exigirse el agotamiento de las instancias ordinarias, toda vez que se ha evidenciado un daño inminente e irreparable en la concesión minera, lo que abre el reconocimiento de la tutela solicitada.