AUTO CONSTITUCIONAL 181/2011-RCA
Fecha: 24-May-2011
II.3. Análisis del caso enviado en revisión
En el caso en análisis, el accionante alega que se vulneró sus derechos constitucionales, al haber sido notificado con el Auto de 3 de septiembre de 2010, el 14 de octubre de ese año, sin que se haya resuelto el incidente de recusación interpuesto el 5 del mismo mes y año contra los Jueces Técnicos del Tribunal Primero de Sentencia de El Alto, accionar que le privó de hacer uso del derecho a pedir explicación complementación y enmienda de la referida Resolución, por no contar con una autoridad a la cual dirigir tal petición, pues al no haberse resuelto su solicitud de concesión del recurso de apelación incidental en tiempo y forma oportunos provocaron que se hallé en una situación de indefensión, al haber sido notificado después de un mes y once días de dictado dicho Auto, manteniéndolo en un estado de incertidumbre, transgrediendo su derecho a la petición que incidió en su derecho a la defensa; vale decir que, lo cuestionado por el accionante es la notificación con el Auto de 3 de septiembre de 2010, dando lugar a la interposición del presente amparo constitucional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- rechazó in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal constitucional
- II.2. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- u omisiones de procedimiento que les causen agravio
- APROBAR