Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0579/2011-R
Fecha: 03-May-2011
II.2.
II.2. De las declaraciones informativas prestadas por Nicolás Siñani Alanoca, de 28 de enero de 2009, 12 de febrero y 27 de marzo del mismo año, se establece que, la declaración ampliatoria de 12 de febrero del citado año, se realizo sin la intervención del representante del Ministerio Público (fs. 2 a 4 y 21 a 24).