SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0587/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0587/2011-R

Fecha: 03-May-2011

IV.

En sentido contrario, no será posible acudir a esta acción, cuando el ordenamiento jurídico prevea otros medios de impugnación específicos, idóneos y efectivos para restituir el derecho a la libertad física o personal, en forma inmediata. Conforme a esto, solamente una vez agotado tal medio de defensa y ante la persistencia de la lesión, se podrá acudir a la jurisdicción constitucional, invocando la tutela que brinda la acción de libertad.

Ahora bien, considerando tales argumentos, se debe concluir que, en materia familiar y en cuanto a la asistencia familiar se refiere los intereses tutelados en controversia -la vida y subsistencia del beneficiario y la posible restricción de la libertad del obligado- que su suministro no puede estar supeditado a las contingencias y vicisitudes del proceso, ya sea por la conducta procesal de los litigantes o del órgano jurisdiccional correspondiente, por lo que en su tramitación se debe observar -por todos-, los principios de lealtad y probidad, garantizando a cada uno de los litigantes sus derechos y garantías en la contienda judicial.

Ante el incumplimiento de la intimación de pago de la asistencia familiar,      -que ha sido debidamente diligenciada- el art. 436 del (CF) prevé el apremio contra el obligado y para el caso que en la tramitación de la liquidación de la asistencia familiar devengada, su traslado y probable observación, su aprobación e intimación de pago, se haya lesionado algún derecho o garantía, proceden todos los medios y recursos de impugnación previstos por el Código de Procedimiento Civil, por disposición expresa de los arts. 383 y 384 del CF.

Contra las resoluciones pronunciadas en ejecución de sentencia procede el recurso de apelación en el efecto devolutivo, siendo su trámite sencillo y expedito que cumplen con las características antes anotadas para la restitución de los derechos y garantías supuestamente restringidos o conculcados ilegalmente, especialmente el derecho a la libertad física.